Las fuerzas de seguridad están habilitadas para realizar allanamientos sin orden de un juez en casos urgentes y particulares: Cuando se encuentre en peligro la vida de una persona o la vivienda por un incendio, una explosión o una inundación. Si se ve a una persona entrando a una vivienda o a un local con la intención aparente de cometer un delito. Si en la vivienda o local ingresó una persona imputada por un delito a quien perseguían las fuerzas de seguridad para su detención. Si se oyeron voces desde el interior de una vivienda pidiendo auxilio o anunciando que se está cometiendo un delito. Si se sospecha que en una vivienda hay una víctima que fue privada ilegítimamente de su libertad.